impecable. depto PARA CONSULTAS O VISITAS LLAMAR AL 4831-9322 DE 10 A 13 Y 15 A 18 inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".- CUCICBA Nº 43 Oferta provista por el sistema SOM a Top Inmobiliario - Código RSI 2410
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También es clave desconfiar si las fotografías no parecen reales, si los precios son muy bajos, si piden dinero por «adelantado», si el dueño no se identifica con un teléfono fijo o si se niega a dar algún tipo de información.
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